Crónica
La Agencia Estatal de Administración Tributaria y Puertos del Estado prorrogan su convenio de colaboración en materia de reconocimiento de contenedores y medios de transporte de mercancías. La prórroga tendrá una duración de cuatro años adicionales a partir del 8 de junio de 2026.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria y Puertos del Estado han acordado prorrogar su convenio de colaboración en materia de reconocimiento de contenedores y medios de transporte de mercancías. Este convenio, firmado inicialmente en 2022, tiene como objetivo establecer un marco de colaboración para la adquisición y mantenimiento de equipos de control no intrusivo, como cámaras de lectura de matrículas, y el intercambio de información derivada de su uso.
La prórroga de este convenio refleja la importancia de la colaboración entre la Administración Tributaria y Puertos del Estado en el ámbito del control aduanero y la seguridad portuaria. La prórroga tendrá una duración de cuatro años adicionales a partir del 8 de junio de 2026, lo que permitirá continuar con la colaboración establecida y proseguir con los buenos resultados obtenidos hasta la fecha.
El coste de esta prórroga recaerá sobre los departamentos de administración de ambos organismos, que deberán asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales exigibles, incluyendo la inscripción de la adenda en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. La colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Puertos del Estado es fundamental para garantizar la seguridad y eficiencia en los puertos españoles, y esta prórroga refuerza este compromiso.
Análisis
La prórroga de este convenio señala la continuidad de la colaboración entre la Administración Tributaria y Puertos del Estado en el ámbito del control aduanero y la seguridad portuaria. Esto refleja la importancia de la coordinación entre ambos organismos para garantizar la seguridad y eficiencia en los puertos españoles. La prórroga también implica que los departamentos de administración de ambos organismos deberán asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales exigibles, lo que puede generar un aumento en los costes de administración.
A quién afecta
- Puertos del Estado
- Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Departamentos de administración
Texto íntegro del BOE desplegar
La Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Presidente de Puertos del Estado han suscrito, con fecha de 6 de junio de 2026, una adenda de prórroga al Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Puertos del Estado en materia de establecimiento de sistemas de reconocimiento de contenedores y otros medios rodados de transporte de mercancías, que fue firmado el 8 de junio de 2022. parrafo Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución. parrafo Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. parrafo_2 ANEXO anexo_num Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el organismo público Puertos del Estado en materia de establecimiento de sistemas de reconocimiento de contenedores y otros medios rodados de transporte de mercancías anexo_tit PARTES QUE INTERVIENEN centro_redonda De una parte, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, en su nombre, su Directora General, doña Soledad Fernández Doctor, nombrada mediante Real Decreto 436/2022, de 8 de junio, actuando en virtud de delegación de firma conferida por el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en resolución de 3 de junio de 2026. parrafo_2 Y, de otra parte, el Organismo Público Puertos del Estado y, en representación de este en virtud de su nombramiento por Real Decreto 272/2025, de 8 de abril, su Presidente, don Gustavo Santana Hernández y en virtud de las facultades que le otorga el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. parrafo Reconociéndose ambas partes la capacidad legal para formali
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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