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BOE MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Anuncio de la Subdirección General de Energía Eléctrica, por el que se da publicidad a la Resolución por la que se determina el traspaso de los clientes de GC2 Proyectos, S.L. (R2-650) a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes.


Crónica

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De conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, por el que se da publicidad a la Resolución de 25 de junio de 2026 dictada por el Director General de Política Energética y Minas por la que se determina el traspaso de los clientes de GC2 Proyectos, S.L. (R2-650) a un comercializador de referencia y se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 16 del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica aprobado por el Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, en los siguientes términos: parrafo 1. Acordar el traspaso de los clientes de la empresa comercializadora GC2 PROYECTOS, S.L. a un comercializador de referencia. parrafo 2. Las medidas cautelares adoptadas en el acuerdo de fecha 19 de mayo de 2026, por el que se inició el procedimiento de traspaso de los clientes de GC2 PROYECTOS, S.L. a un comercializador de referencia y en el que se determinan las condiciones de suministro a dichos clientes se extinguirán con la eficacia de la resolución que ponga fin al procedimiento. parrafo 3. Acordar que, durante el periodo de extinción de la habilitación, no se podrá realizar el traspaso de los clientes que hayan sido suministrados por GC2 PROYECTOS, S.L. a cualquier otra empresa del mismo grupo empresarial o a empresas vinculadas a la misma. A estos efectos, podrán entenderse como empresas vinculadas, entre otras, las que posean o hayan poseído un mismo administrador. parrafo 4. Comunicar esta resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como al Operador del Sistema, al Operador de mercado, a los comercializadores de referencia y a los distribuidores. parrafo Puede solicitars

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